La mención “Puerto de Arrebatacapas” se refiere literalmente al puerto de montaña situado en la provincia de Ávila, que empieza en el puente sobre el río Gaznata, a 1 Km.de El Herradón, donde termina la bajada del puerto del Boquerón, todo ello en la carretera AV-503, que une Cebreros con Ávila, y que en 3 Km sube hasta llegar al pueblo de San Bartolomé de Pinares.
En un sentido figurado y coloquial utilízase la mención “puerto de arrebatacapas” para referirse a cualquier sitio por el que —a semejanza del accidente geográfico— corren vientos impetuosos, o al lugar o casa donde, por la confusión, el desorden que imperan y la calidad de las personas que la habitan, hay riesgo de fraudes y rapiñas.
“El extraño caso del DNI de la Infanta
(27/06/2013 , Por Ignacio Gomá, en el Blog ¿Hay Derecho? )
“Esto de Twitter es peligrosísimo.
Entre lo del blog y las redes sociales es muy fácil ser localizado y de ahí a
ser erigido en portavoz oficioso del notariado hay sólo un paso. Estos últimos
días me han llamado de la SER y de otros medios para que diera mi opinión sobre
el candente tema del DNI de la Infanta y, aunque uno trata de quitarse
de en medio por ser una cosa de la que, al no tener en este momento cargos corporativos no tengo información de primera mano, alguna cosa general he
tenido que decir sobre la forma de funcionar de los notarios que quizá
pueda ser de interés para comprender la situación. Y acaso, ahora que se va
aclarando un poco la cuestión, procede escribir eso mismo, dejando dicho por
delante que esto no tiene más valor que el que tenga un notario de a pie.
Lo primero es decir, para que se
entienda lo que hacemos, que nuestra primera función es la de redactar
escrituras, actas y otros documentos públicos, en soporte papel. Es decir, se
trata de poner por escrito algo que ocurre ante nosotros: unos señores vienen,
se les identifica por su DNI, se les piden otros datos personales, comprobamos
si son propietarios de lo que traten de vender (o hipotecar o lo que sea)
mediante el examen de los títulos previos, comprobamos si tienen cargas en el
registro y si figuran ahí como dueños, hacemos otras advertencias legales y
fiscales, ponemos lo que quieren hacer y hacen en nuestra presencia,
consignamos el pago y cómo se ha pagado (cheques, transferencia, poniendo hoy
incluso de dónde sale el dinero) y en general comprobamos que todo ese negocio
jurídico es adecuado a la ley y se han cumplido los requisitos necesarios para
su validez y eficacia, previo asesoramiento “sobre los medios jurídicos más
adecuados para el logro de los fines lícitos que aquéllos se propongan
alcanzar” (art. 1 de nuestro reglamento). Todo eso se pone por escrito y se
firma en papel timbrado oficial, para mayor seguridad. Luego ese documento -la
escritura matriz- se conserva para siempre jamás en el llamado protocolo (se
conservan protocolos de hace más de quinientos
años) y de esa matriz se expiden
copias (hoy también electrónicas) que sirven para acreditar el negocio y
hacerlo valer donde proceda. Es
importante constatar -aunque a estas alturas ya ha quedado aclarado- que en
todo este asunto no hay ningún problema jurídico porque en la “dimensión
escritura” no hay error alguno y las fincas están a nombre de quien deben estar.
Ahora bien, desde hace muchos años,
a esa labor fundamental de dar forma pública a los negocios de los particulares
se añade otra, que es la de informar a las autoridades, entre ellas la fiscal,
de los actos que “autorizamos” (se llama así porque nosotros somos los
autores). Antiguamente, esto se cumplía mediante el envío por correo de un
listado en papel con los datos básicos de las operaciones a Hacienda. Desde que
la informática ha llegado a nuestras vidas, la cosa ha cambiado y esa
información se envía mediante ficheros informatizados.
Esta informatización debe de llevar
funcionando unos diez años. Me gustaría que comprendieran cómo es el proceso.
Una vez redactada esa escritura en papel y firmada, toda esa información
consignada en un procesador de textos
hay que 'volcarla' en una plataforma informática que permite procesar esa
información. Por decirlo claramente, es necesario volver a consignar
todos los datos de la escritura en esa plataforma, casilla por casilla, para
que puedan ser tratados por nuestro Consejo y por todas las Administraciones
que en la actualidad
tienen derecho a la información: Agencia Tributaria,
comunidades autónomas a efectos de los impuestos a ellos cedidos, Ayuntamientos
a los efectos de plusvalías, órganos de supervisión en materia de blanqueo,
Catastro, etc. Es verdad que un cierto volcado se produce automáticamente a
través de los programas informáticos de gestión de notarías que cada notario
adquiere a diversas compañías privadas y que a su vez se adaptan al programa de
índices del Consejo General del Notariado, pero ello ni mucho menos ahorra de
todo el trabajo.
No puedo decir si los notarios o
registradores se han equivocado en todos, en alguno o en ninguno de los casos,
pero es extraño que no se haya descubierto en tantos años. Y sinceramente da
que pensar que con los DNI plebeyos salten todo tipo de alarmas y en otros más
regio tengan que pasar ocho años y una metedura de pata de calibre superior
para que nos enteremos. Desde 2007, y de eso puedo dar fe porque sí que estaba
entonces en cargos corporativos y, además, encargado en parte de esa cuestión,
el tema se complica extraordinariamente para nosotros porque se crea el Índice Único informatizado, consagrado
legalmente en ley y en nuestro reglamento. Este programa exige muchísima
información, tiene fuertes controles y no te permite enviar la información si
detecta ciertos errores. Anteriormente a esa fecha también se mandaba esa
información mediante el sistema llamado Doctor Índice, aunque el sistema no
estaba tan perfeccionado como el actual. Pero lo cierto es que el notariado ha
sido bastante rápido en la adaptación, pues internet no lleva generalizado
mucho antes del 2000.
Creo que cabe decir que el Índice,
sobre todo en su configuración actual, presta un gran servicio al Estado por la
enorme información que proporciona en breve plazo de tiempo, ya tratada y
sistematizada, al punto que con una sencilla solicitud del funcionario
autorizado se puede saber qué operaciones se han hecho por una persona, o sobre
un inmueble, o por una sociedad, mediante los oportunos cruces de datos. Por
supuesto, no todo el mundo tiene acceso a esa información, sino que existe un protocolo
al efecto. Cabe también decir, y perdonen la digresión, que esto se ha hecho a
nuestra costa tanto a nivel general como particular y que, para que se hagan
una idea, meter los datos en el programa cuesta tanto o más que hacer la
escritura propiamente
dicha. A efectos prácticos, eso ha significado crear un
puesto de trabajo más en cada notaría, poco más o menos.
Dicho todo ello, he de añadir que no
sé dónde puede estar el error en el famoso DNI de la Infanta. Es evidente que
los notarios nos podemos equivocar y haber introducido mal los datos, o que se
hayan introducido de manera incompleta y que los controles que hay ahora y que
no existían en 2005 o 2006 hayan permitido el pase de la información. O quizá
que en el proceso de volcado desde los programas de las compañías informáticas
que cada notario tiene se haya producido algún tipo de corrupción, sobre todo
en los años anteriores a 2007.
Ahora bien, Hacienda dice que, de los trece fallos, la
mayoría, once, corresponden a los notarios y registradores. Sin embargo,
mientras escribía esto me entero de que el Consejo General del Notariado ha emitido un
comunicado en
el que, haciendo unas consideraciones previas similares a las que acabo de
realizar, indica que el Órgano de Colaboración Tributaria, interno del Consejo,
tras efectuar la pertinente investigación, que afecta a tres escrituras de
aceptación de herencia y una compraventa, entiende que no se ha producido
ningún error en
cuanto a esta última y que en cuanto a las herencias, parece ser
que en el DNI de un fallecido, que no tenemos obligación de hacer constar en la
escritura aunque sí en la ficha electrónica, está erróneamente consignado en
una de las fichas pero en las otras dos en realidad no, porque se sitúa en otro
apartado. Señala que los demás datos están correctos y que en las escrituras
más simples se rellenan más de 100 campos (lo que antes les decía), adjuntando
unos modelos de fichas. Por cierto que, frente a lo que he oído en los medios
de comunicación que apuntan a que los notarios “reconocen errores”, si se lee bien el comunicado creo que este
sólo dice que un dato que no es necesario consignar en las escrituras -y por
tanto irrelevante- consta indebidamente en la ficha que se envía a Hacienda
sólo en un caso, por lo que parece que los errores gruesos están en otro sitio,
o eso entiendo yo.
Bien, se puede decir lo de “es tu palabra contra la mía”. Pero es que, aunque toda la culpa hubiera sido de los notarios –aunque yo sé muy bien qué me creo más- lo que no acabo de entender es lo siguiente: si, aunque el notario se hubiera equivocado, por la razón que sea, en el
DNI, lo cierto es que ese notario ha mandado también la información relativa al nombre de vendedor y comprador, sus domicilios, el inmueble o lo que sea que se vende o hereda, el precio y otros muchos más datos. Supongamos también que a la hora de sacar la información que se le pida por el juez o por quien sea, la Agencia Tributaria se basa simplemente en el DNI de la persona interesada. De acuerdo, lo suponemos, pero ¿no cruza la información de ese DNI con el nombre de la persona que ese mismo notario le ha mandado? Todavía más: esa información ha ido al Catastro, al Registro, a la comunidad Autónoma, al ayuntamiento, etc. ¿no suena un tilt o alarma en algún sitio? Y más: los que de verdad vendieron se supone que declararon el incremento de patrimonio, la plusvalía municipal y los que compraron, declararon el impuesto de transmisiones patrimoniales, quizá el impuesto de patrimonio: ¿no ha saltado ninguna contradicción en las bases de datos? Lo cierto es que la sensación que como contribuyente tengo es que el cruce de información es bastante eficiente y que si me dejo algo por declarar es fácil que se sepa enseguida.
DNI, lo cierto es que ese notario ha mandado también la información relativa al nombre de vendedor y comprador, sus domicilios, el inmueble o lo que sea que se vende o hereda, el precio y otros muchos más datos. Supongamos también que a la hora de sacar la información que se le pida por el juez o por quien sea, la Agencia Tributaria se basa simplemente en el DNI de la persona interesada. De acuerdo, lo suponemos, pero ¿no cruza la información de ese DNI con el nombre de la persona que ese mismo notario le ha mandado? Todavía más: esa información ha ido al Catastro, al Registro, a la comunidad Autónoma, al ayuntamiento, etc. ¿no suena un tilt o alarma en algún sitio? Y más: los que de verdad vendieron se supone que declararon el incremento de patrimonio, la plusvalía municipal y los que compraron, declararon el impuesto de transmisiones patrimoniales, quizá el impuesto de patrimonio: ¿no ha saltado ninguna contradicción en las bases de datos? Lo cierto es que la sensación que como contribuyente tengo es que el cruce de información es bastante eficiente y que si me dejo algo por declarar es fácil que se sepa enseguida.
Es decir, no puedo decir si los
notarios o registradores se han equivocado en todos, en alguno o en ninguno de
los casos, pero es extraño que no se haya descubierto en tantos años. Y
sinceramente da que pensar que con los DNI plebeyos salten todo tipo de alarmas
y se disparen 'paralelas' y en otros más regios tengan que pasar ocho años y
una metedura de pata de calibre superior para que nos enteremos. De hecho,
los funcionarios de Hacienda a través de la Central Sindical CSIF criticaron ayer en un
comunicado la
opacidad del asunto y que el conjunto de los empleados públicos no tienen
autorización para contralar este perfil de los contribuyentes, no saben qué
departamento se encarga y se extrañan de que no se le haya requerido
anteriormente por estas transmisiones. Blanco y en botella.
(Ignacio Gomá es Notario de
Madrid )
…
He de confesar que inicialmente
había pensado publicar esta entrada en el blog de una organización jurídica de
la que formo parte, pero en cuanto he analizado con alguna meticulosidad el
contexto del tema al que voy a referirme, he decidido su inclusión en este blog, de comentario crítico de tantas y tantas realidades y
absurdos de la vida diría, y en los últimos tiempos, de tanto despropósito que
viene aconteciendo en España.
Creo que el Notario de Madrid,
Ignacio Gomá, cuyo comentario recojo de su propio blog, que cito, es muy
ilustrativo de cómo los notarios (hay quien dice “la clase notarial”, pero yo
no llego a eso, que en definitiva “de todo hay en la viña del Señor…”)
consideran que se les ha buscado como uno de los chivos expiatorios de la
esperpéntica situación creada a raíz de la comunicación a un Juzgado que se
basa en el Documento Nacional de Identidad de la Infanta Cristina de Borbón.
Y es que, queridos amigos lectores,
en esta España nuestra parece haber muchos “puertos de arrebatacapas”, porque
proliferan por doquier los vientos impetuosos, los indicios de corrupción y
fraude, y en
definitiva el desorden social.
Porque, para empezar, hay un juez de
Mallorca que quiere emular en popularidad a otros colegas suyos que
confundieron la toga y la ley con el protagonismo mediático, y aunque uno de
ellos, el más significado (ahora metido a Abogado, ¡válgame Dios, él que violó
los más elementales derechos constitucionales!) ya no puede cometer más
desmanes desde el “trono” de la judicatura, aun quedan otros, uno de ellos
situado en Madrid, que en su ansia de notoriedad han “pringado” la
investigación sobre presuntas –y probables— infracciones penales por un magnate
que fue de las entidades financieras, tomando medidas de privación de libertad
y arrogándose atribuciones que mejor hubiera hecho aplicándolas a una más recta
administración de justicia.
Y el de Mallorca, que investiga
hasta la investigación investigada de los investigadores, bien que con base en
un consorte de la Infanta que se creyó en los tiempos del Rey Sol y de la
monarquía absoluta, pues se muestra quisquilloso y con bastante razón cuando la
Agencia Tributaria (esa tan odiada por todos y tan esotérica para la mayoría)
le informa que la Infanta Cristina intervino en trece transacciones
inmobiliarias, y resulta que eso es más incierto que la misma incertidumbre.
Juez éste, el de Mallorca, que
consintió se le “embutiese” por uno de los implicados la información que le
convenía, contra el Duque “consuerte”, perdón, consorte; y que trató de “empapelar”
como imputada a la Infanta, para que la Audiencia Provincial le dijera en
apelación que, “no; bueno, pero sí, sobre otras materias”.
Y a este Juez le dice la Agencia
Tributaria lo que le dice, y, como no le resulta creíble lo informado (ni a él
ni a nadie) inquiere a los Notarios y Registradores, quienes reaccionan con
bastante razón sorprendiéndose de que se les derive a ellos la responsabilidad
de comunicar unas operaciones inmobiliarias, que al final resulta no han
existido más que en las fichas tributarias…que se ignora quién rellenó.
Claro, que tratándose de supuestas
maniobras ilegales de la Infanta de España, el Ministro de Hacienda dice que se
ha tratado de un error, sin aclararlo; y la oposición brama en sede
parlamentaria, porque quiere saber lo que no sabe ni quien lo hizo…
Al final, debió de ser el Espíritu Santo, en forma de letra identificativa de documento nacional de identidad,
quien se debió colar en las fichas tributarias, porque persona humana… no se
cree…
Bueno y esto es lo que está en la
órbita de un Juez, el que parece algo más normal, porque hay otro, de nombre
Elpidio, a quien podría remedarse que “él pidió” meterse solito en todos los
barrizales de la ley, reviscolando un proceso penal sin motivos aparentes y descolgándose
con órdenes de prisión de un banquero que, por bien “pringado” que esté,
requiere, como cualquier ciudadano, un poco de razón o motivación al menos. Y
para protegerse “el que pidió” ni se apartó del proceso penal, pese a estar
recusado.
¿Será discípulo de Garzón, o quiere
emularle?
Tercer frente: El que sigue
brindando el caso Gürtel, con el ricachón Barcenas a la cabeza, manejando
fondos por doquier y ensuciando por todas partes las esencias del que fue su
partido. Y digo “su” porque parece, por lo pingües rendimientos hallados, que
era de su propiedad.
¡Vaya lío! ¡Vaya enredos! ¡Vaya
sinrazones!
Ya dijo Mariano José de Larra
aquello de “!Miquelarena, qué país!”.
Y cabe añadir ahora que un siglo
después ese país no es ni más ni menos que el puerto de arrebatacapas, no el de
montaña, que por él corre buen viento y hay oxígeno, sino el enclave de la
confusión, del desorden, de la arbitrariedad y de la rapiña.
Con un agravante, por si fuera
poco: Que cada vez hay menos calidad en el trabajo y mayor irresponsabilidad. Que cada vez esto huele más a mezquino y a podrido...
Habremos de instalarnos en la
cordillera astur-leonesa, no solamente por la altura oxigenada de sus cumbres,
sino especialmente porque por allí inició Don Pelayo la Reconquista de España.
Que es lo que se necesita con
urgencia.
Los hombres se equivocan con más
frecuencia por demasiado listos que por demasiado buenos.- George
Bernard Shaw
(1856-1950) Escritor irlandés.
SALVADOR DE PEDRO BUENDÍA
EPÍLOGO en 28/06/2013.- Una vez publicada esta entrada, aparece la noticia de que Bárcenas, tesorero que fue del partido Popular ha ingresado en prisión, para evitar el riesgo de su fuga, y que manipule pruebas. Se trata de una medida tomada por el juez Ruz, hasta ahora intachable en su labor, y que hay que respetar y considerar como oportuna. Pero es un motivo más de irritación y de tristeza, porque si el individuo en cuestión ha venido alterando pruebas y salvando su botín, además de no resultar eficiente el sistema de control, se pone de manifiesto que, como reza el dicho popular, "si los corruptos volasen, no se daría la función clorofílica de las plantas". Vale. SdePB
EPÍLOGO en 28/06/2013.- Una vez publicada esta entrada, aparece la noticia de que Bárcenas, tesorero que fue del partido Popular ha ingresado en prisión, para evitar el riesgo de su fuga, y que manipule pruebas. Se trata de una medida tomada por el juez Ruz, hasta ahora intachable en su labor, y que hay que respetar y considerar como oportuna. Pero es un motivo más de irritación y de tristeza, porque si el individuo en cuestión ha venido alterando pruebas y salvando su botín, además de no resultar eficiente el sistema de control, se pone de manifiesto que, como reza el dicho popular, "si los corruptos volasen, no se daría la función clorofílica de las plantas". Vale. SdePB
Aquí huele a muerto!!..Curiosamente, hay políticos cubiertos con máscaras anti-gas que lo niegan...y no se trata de una simple ventosidad..NO.
ResponderEliminarLos argentinos que son como los españoles en grado extremo de sus vicios y virtudes, saben mucho de corrupción politica y social , son los grandes inventores del corralito y otras mandangas, siempre dicen que lo verdaderamente importante de estas cuestiones a parte de atrapar al corrupto, es atrapar a los corruptores, saber la plata que dieron y cambio de qué.
ResponderEliminarMientras este "corralito de corupción " no tengamos a todos los elementos, solamente estamos ante "el pringao" que se inmola comiendose todos los marrones
Yo creo que hay que modernizar el puerto y declararlo paraiso fiscal, asi todo queda en casa.